twitter account

Dilemas en la traducción de citas

08/09/2022
Pablo Ingberg

¿Qué hacemos cuando, en un trabajo de traducción, nos encontramos con una cita tomada de otro libro que ya está publicado en traducción castellana hecha por otra persona? Suponiendo, claro, que conocemos la lengua original en que está escrito el pasaje citado, tanto si es la misma que la del libro que estamos traduciendo como si es otra.

Confieso que nunca me había detenido demasiado a reflexionar sobre este asunto, porque, cuando se me habían presentado casos así en mi trabajo, por el tipo de traducciones de que se trataba nunca dudé de que debía traducir también yo las citas, como ejemplificaré más abajo. Sin embargo, en un foro de traductores al/del italiano del que participo, veo, con muchísima frecuencia, pedidos de colegas para que, quien tenga la traducción italiana de tal libro, le pase por favor este o aquel pasaje, porque aparece citado en un libro que está traduciendo. Siempre como algo incuestionable: si esa obra citada ya ha sido publicada en traducción italiana, la cita se toma de la traducción publicada. Pero el desencadenante de reflexión fue que, hace poco, un colega que leyó el borrador de un artículo mío, donde citaba After Babel de George Steiner en mi propia traducción ad hoc, me observó que correspondía tomar la cita de la traducción castellana publicada. Aclaro que en este caso lo mío era más ahorro de trabajo que cuestión de principios: hace años, cuando fui a comprarme el libro de Steiner, estaba mucho más barata la edición inglesa que la castellana, me compré la inglesa y es la que leí, y no tengo la castellana para buscar el pasaje, ni integro un foro donde solicitar la traducción castellana de la cita, ni tengo a mano una biblioteca donde ir a buscarla. Fue, pues, una solución pragmática, no ideológica. Ahora bien, yendo a cuestiones ideológicas, acudo a mi ley de que, en materia de traducción literaria, no hay otra ley que la de que no hay ninguna ley de validez general: podemos tener, como de hecho tenemos, parámetros o lineamientos generales, pero cada caso tiene peculiaridades que merecen tratamiento particular. Voy entonces a mis casos.

Uno. Traduzco Bucólicas de Virgilio y en una nota tengo que citar un pasaje de Lucrecio que Virgilio imita o copia. ¿Y si quien tradujo Lucrecio usó, para traducir algo que Virgilio le copia, palabras distintas de las que usé yo en mi traducción de las Bucólicas? En ese caso, si cito la traducción ajena, se desdibuja la nota, porque Virgilio pasa de copiar, como en el original, a variar entre traducciones. Salvo que yo modifique mi traducción para usar las mismas palabras que usó esa otra persona en su traducción de Lucrecio. ¿Y voy a cambiar yo las palabras que considero más adecuadas para mi traducción por otras solo para acomodarme a la cita, en mi nota, de una traducción ajena de otro libro? Definitivamente no. Hago mi propia traducción de ese pasaje de Lucrecio para mi nota.

Dos. Traduzco varios libros de Joyce: Retrato del artista adolescenteEscritos críticosPoesíaGiacomo Joyce. En todos ellos hay pasajes relacionados con otros libros del propio Joyce, como Ulises o Finnegans Wake, y pongo la respectiva referencia en nota. Mismo caso anterior: la única manera de que esa referencia tenga sentido es que la traducción de la cita la haga la misma persona que traduce el texto al que la nota se refiere.

Hasta aquí, dos casos en que la cita no está incluida en el texto en sí sino en una nota nuestra.

Tres. Traduzco Al Faro y algún cuento de Virginia Woolf. Algún verso de Tennyson o de Shelley aparece y reaparece en la mente o la boca de algún personaje. Las palabras o el ritmo de ese verso se conectan, claro, con el contexto en que se incluyen. ¿Debo tomar la cita de alguna traducción publicada del poema respectivo, que seguramente emplea palabras y ritmos distintos de los que estoy usando yo en mi traducción de Woolf? Definitivamente no, porque desdibujaría la cohesión de Woolf en mi traducción.

En suma, usar para esas citas traducciones ajenas publicadas no parece una ley de validez general.