¿Complemento del nombre o c. circunstancial?
Mi problema es con la sintaxis de la siguiente oración: "El fallo es firme y no cabe recurso, aunque un grupo de diputados ha solicitado el amparo del Tribunal Constitucional por presunta vulneración de derechos y libertades fundamentales". Y el problema está en "por presunta vulneración de...fundamentales", aparentemente es un CC de causa pero he visto que también se dice "El T.C deniega al demandante el amparo por presunta vulneración al derecho a la intimidad". En fin que en este caso sería C. del nombre; y es que hay muchos tipos de amparo y podría ser un C. del nombre. No sé, no lo veo claro.
Sí, podría ser un complemento del nombre, pero para que lo fuera, debería estar colocado inmediatamente después de este, como si formara una sola unidad sintáctica con él. Es decir, para que por presunta vulneración... fuera complemento de el amparo, tendría que seguir directamente al nombre: El fallo es firme y no cabe recurso, aunque un grupo de diputados ha solicitado del Tribunal Constitucional el amparo por presunta vulneración de...fundamentales.