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Mayúsculas (en reglamentos y además)

Palabra sobre la que consulta: 
Mayúsculas (en reglamentos y además)
Consulta: 

Refieren en una respuesta que "Los nombres genéricos de entidades político-geográficas (república, provincia, estado, departamento, distrito, alcaldía, municipio, dependencia, comunidad... ) se escribirán en mayúscula cuando se empleen con el nombre completo de la entidad o cuando en un documento oficial o en otro tipo de texto formal se usen solos, con el fin de no nombrar reiteradamente el nombre desarrollado".Me preguntaba si esa regla puede ampliarse, en el contexto de un reglamento universitario, a fin de abarcar entidades que forman parte de una universidad (Facultad, Escuela, etc.) que se mencionen sin aludir a una específica (es decir, que no sean parte de un nombre como en el caso de Facultad de Letras y Ciencias Humanas). Por ejemplo, en el caso de "Si el alumno hace X, deberá entregar Y a la Facultad" (donde "Facultad" se refiere a "su facultad", cualquiera esta sea, pues eso dependerá de dónde es que el alumno está matriculado).Además, también me gustaría saber hasta qué punto puede un reglamento establecer sus propias convenciones para estos usos en aras de enfatizar los conceptos tratados.Por último, me gustaría saber si las palabras con mayúscula inicial, fuera de las que forman parte de un título o los apodos de colectivos, pueden estar en plural. Lo menciono, porque, generalmente, los manuales colocan las palabras en plural como ejemplo de uso genérico, lo que me parece un tanto tramposo (verbigracia: se escribe "El Presidente llegó...", pero no "Los Presidentes llegaron..."), tomando en cuenta que normalmente las consultas se realizan por dudas relativas a términos que expresan un individuo.

Respuesta: 

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