
Manifestación de sindicalistas uruguayos.
sindicato
Asociación formada por trabajadores de una empresa o de un ramo de actividad, que se encarga de defender los intereses de sus miembros ante las patronales. Unos y otros tienen algunos intereses comunes, tales como la sobrevivencia de la empresa y su éxito en el mercado, pero también tienen intereses antagónicos, puesto que los trabajadores defienden la mejora de sus salarios, sus vacaciones, sus derechos ante eventuales despidos, su plan de atención médica, etc. reivindicaciones que pesan en las ganancias de la empresa y de sus propietarios (o del Estado, cuando fuera el caso). Los sindicatos negocian sus derechos con la patronal y, de la armonía de esas posiciones antagónicas, surge una relación laboral fructífera para ambas partes. Cuando esto no ocurre, puede haber conflictos, huelgas, despidos, ocupación de puestos de trabajo, etc.
En los comienzos de la Revolución Industrial, en los siglos XVII y XVIII, la asociación de los trabajadores era considerada un delito, pero en muchos lugares se las arreglaron para formar sociedades “de ayuda mutua” que eran permitidas por la ley y que, a la larga, derivarían en la formación y legalización de los sindicatos.
En la Edad Media, en cada ciudad existía el cargo de síndico, que era el abogado y defensor de la población y estos síndicos se reunían en asociaciones que se llamaron sindicatos, que no tenían, como es obvio, ni los intereses ni la composición de las organizaciones gremiales, que en cierta forma fueron más bien herederas de los gremios medievales de artesanos.
Estos síndicos medievales tomaron su nombre del griego σύνδικος (sýndikos), asistente de justicia, abogado, formada por el prefijo συν- (syn) y el sustantivo δίκε (dike) ‘justicia’.