hábeas corpus
Este sintagma, propio del lenguaje jurídico, proviene de la expresión latina habeas corpus ad subiiciendum ‘que tengas tu cuerpo para mostrar’, ‘que tu cuerpo sea mostrado’, y se emplea para denominar el derecho de un ciudadano que está preso a comparecer en forma pública e inmediata ante un juez, para que este resuelva si su detención fue legal y si debe ser puesto o no en libertad.
La primera vez que se empleó esta expresión fue en la Carta Magna arrancada por los nobles ingleses al rey Juan Sin Tierra en 1215, por la cual la soberanía pasó del monarca a la nobleza, que se constituyó en una organización que perdura hasta nuestros días con el nombre de Cámara de los Lores.
En la Carta Magna se establecía que ningún hombre libre podría ser detenido, preso, ni desposeído de sus propiedades sin una ley previa que justificase tales actos. Según el texto de la Carta Magna, “Nadie puede ser castigado de ninguna manera sino por sentencia legalmente pronunciada contra él, por sus iguales o pares, según la ley del país. A nadie debe rehusar el Rey pronta justicia, la que no podrá ser vendida a persona alguna”.
A pesar de que todo indica que la denominación hábeas corpus nació allí, el principio jurídico en el cual se basa ya existía en el derecho romano, en el recurso conocido como Interdicto de homine libero exhibendo ‘recurso de mostrar al hombre libre’, expresado en la fórmula Quem liberum dolo malo retines, exhibeas 'exhibe al hombre libre que retienes dolosamente', que se aplicaba a todo particular que restringiera la libertad de un hombre que tuviera derecho a ella, para que lo presentara de inmediato ante el pretor, quien decidiría al respecto.
La locución hábeas corpus ha sido castellanizada, por lo que se escribe con tilde, de acuerdo con las normas de nuestra lengua para las palabras esdrújulas.