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incriminatoria

Palabra sobre la que consulta: 
incriminatoria
Consulta: 

Es muy frecuente, en el ámbito jurídico, el empleo de la expresión "incriminatoria", v. gr., prueba incriminatoria; resolución jurisdiccional incriminatoria. También lo es, en el mismo ámbito, el empleo de la expresión "desincriminatoria". Sin embargo, en los diccionarios consultados no he hallado a estas voces, ni siquiera como derivadas. No desconozco los sentidos que a los términos en cuestión se les pretende dar;me pregunto, y le pregunto, si es correcto su uso. Finalmente aclaro que no es conveniente, por razones estrictamente jurídicas, substituir el adjetivo referido -"incriminatoria"- por el término "acusatoria" que denota la misma idea y está en los diccionarios consultados. Muchas gracias.

Respuesta: 

Incriminatorio es un adjetivo formado de acuerdo con las normas de formación de palabras en español. Se trata de un adjetivo deverbal: incriminar + -orio. El sufijo -orio denota pertenencia o relación.